Preguntas y respuestas

Tenga cuidado con la estafa fraudulenta del «Premio de compensación de lotería del COVID-19».

Preguntas frecuentes
relativas al programa de compensación sin culpa del COVAX para las economías que pueden optar al AMC

A. Preguntas sobre el programa
1. ¿Cuál es la finalidad del Programa? ¿Y qué cubre el Programa?

La finalidad del Programa es proporcionar una compensación sin culpa, a modo de solución completa y definitiva de todas las reclamaciones, a aquellas personas elegibles que sufran un Evento adverso grave que ocasione una deficiencia permanente o la muerte asociada a la administración de una vacuna contra la COVID-19 recibida mediante el Mecanismo COVAX en cualquier economía que pueda optar al AMC (siempre y cuando dicha vacuna haya sido asignada para su entrega a través del Mecanismo COVAX a una economía que pueda optar al AMC, o a una Agencia Humanitaria para uso en una de las economías que pueden optar al AMC, hasta el 30 de junio de 2023 inclusive, según compruebe el Administrador por el número de lote de dicha vacuna). 

Es necesario cumplir una serie de condiciones:

  • para que una Solicitud de compensación sea admisible; y
  • si una Solicitud es admisible, a fin de que usted (o la persona a la que representa) pueda cumplir los requisitos para recibir dicha compensación.

Estas condiciones se describen en el Protocolo del Programa.

2. ¿Qué no cubre el Programa?

El Programa no cubre ni ofrecerá compensación po:

  • ningún Evento adverso que no sea grave; y
  • ningún Evento adverso (sea grave o no) que se derive de Vacunas contra la COVID-19 que: a) no se hayan recibido a través del Mecanismo COVAX, o b) se hayan administrado en países, territorios o economías que no puedan optar al AMC.

Además, el Programa tampoco cubre:

  • ningún Evento adverso grave que se derive de una vacuna contra la COVID-19 recibida a través del Mecanismo COVAX en alguna economía que pueda optar al AMC, en la medida en que dicha vacuna haya sido asignada para su entrega a través del Mecanismo COVAX a una economía que puede optar al AMC, o a una Agencia Humanitaria para uso en una de las economías que pueden optar al AMC, después del 30 de junio de 2023;
  • ningún Evento adverso grave que se derive de Vacunas contra la COVID-19 recibidas a través del Mecanismo COVAX en alguna economía que pueda optar al AMC, si la Vacuna en cuestión se administra después de más de dos años a partir de la fecha en que el fabricante de dicha Vacuna la comercializó por primera vez en algún país (véase el apéndice 1 del Protocolo del Programa (Lista de Vacunas) para esa fecha); y
  • ningún Evento adverso grave que se derive de Vacunas contra la COVID-19 recibidas a través del Mecanismo COVAX en alguna economía que pueda optar al AMC, por el que se presente una Solicitud al Administrador después de que finalice el Periodo de notificación, que se describe en la Pregunta 10 infra y en ninguna circunstancia se prorrogará más allá del 30 de junio de 2027 (fecha en la cual concluirá el proceso de solicitudes al Programa);
  • ninguna dosis de una Vacuna que haya sido redistribuida por una economía que puede optar al AMC o por cualquier otro país a otra economía que puede optar al AMC sin contar con la aprobación explícita del Mecanismo COVAX.
3. ¿Quién administra el Programa?

La administración del Programa incumbe a su Administrador, ESIS Inc. (el «Administrador»). ESIS es un Administrador de reclamaciones independiente con más de 30 años de experiencia pertinente en la tramitación de reclamaciones que ha establecido centros regionales en todo el mundo capaces de prestar asistencia a los Solicitantes del Programa en las 92 economías que pueden optar al AMC.

4. ¿Tengo que pagar alguna tarifa al Administrador para descargar o presentar una Solicitud u otros formularios en el marco del Programa?

El Administrador no cobra ninguna tarifa por descargar o presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa, ni por la presentación de cualquier otro formulario en el marco del Programa, incluidos los formularios de apelación.

Deberá extremar la precaución con los correos electrónicos, los mensajes de texto, las llamadas telefónicas u otras comunicaciones en los que le soliciten efectuar un Pago como condición para: a) presentar una Solicitud en el marco del Programa, o b) descargar o acceder a un Formulario de Solicitud o a cualquier otro formulario en el marco del Programa. No efectúe ningún Pago de este tipo bajo ninguna circunstancia, ya que dichos correos electrónicos, mensajes de texto, llamadas telefónicas u otras comunicaciones son fraudulentos y no proceden del Administrador.

5. ¿Qué es una economía que puede optar al AMC?

Una economía que puede optar al AMC es una de las economías que pueden optar al compromiso anticipado de mercado de COVAX (AMC), que se indica a continuación:

  1. Afganistán
  2. Angola
  3. Argelia
  4. Bangladesh
  5. Benin
  6. Bhután
  7. Bolivia
  8. Burkina Faso
  9. Burundi
  10. Cabo Verde
  11. Camboya
  12. Camerún
  13. República Centroafricana
  14. Chad
  15. Comoras
  16. Congo, Rep.
  17. Congo, Rep. Dem.
  18. Corea, Rep. Pop. Dem.
  1. Côte d’Ivoire
  2. Djibouti
  3. Dominica
  4. Egipto, Rep. Árabe
  5. El Salvador
  6. Eritrea
  7. Eswatini
  8. Etiopía
  9. Fiji
  10. Filipinas
  11. Gambia
  12. Ghana
  13. Granada
  14. Guinea
  15. Guinea-Bissau
  16. Guyana
  17. Haití
  18. Honduras
  19. India
  20. Indonesia
  21. Islas Marshall
  1. Islas Salomón
  2. Kenya
  3. República Kirguisa
  4. Kiribati
  5. Kosovo
  6. Lao RPD
  7. Lesotho
  8. Liberia
  9. Madagascar
  10. Malawi
  11. Maldivas
  12. Malí
  13. Marruecos
  14. Mauritania
  15. Micronesia (Estados Federados de)
  16. Moldova
  17. Mongolia
  1. Mozambique
  2. Myanmar
  3. Nepal
  4. Nicaragua
  5. Niger
  6. Nigeria
  7. Pakistán
  8. Papua Nueva Guinea
  9. Ribiera Occidental y Gaza
  10. Rwanda
  11. Samoa
  12. San Vicente y las Granadinas
  13. Santa Lucía
  14. Santo Tomé y Príncipe
  15. Senegal
  16. Sierra Leona
  1. Siria, Rep. Árabe
  2. Somalia
  3. Sri Lanka
  4. Sudán
  5. Sudán del Sur
  6. Tanzanía
  7. Tayikistán
  8. Timor-Leste
  9. Togo
  10. Tonga
  11. Túnez
  12. Tuvalu
  13. Ucrania
  14. Uganda
  15. Uzbekistán
  16. Vanuatu
  17. Viet Nam
  18. Yemen, Rep.
  19. Zambia
  20. Zimbabwe
6. ¿Qué es un Evento adverso grave por el que puedo presentar una Solicitud en el marco del Programa?

Puede presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa si usted (o la persona a la que representa) ha sufrido un «Evento adverso grave». Se trata de un suceso médico grave y perjudicial que:

  1. usted (o la persona a la que representa) ha sufrido después de que se le haya administrado una Vacuna contra la COVID-19 recibida a través del Mecanismo COVAX en alguna de las economías que pueden optar al AMC (siempre y cuando que dicha vacuna haya sido asignada para su entrega a través del Mecanismo COVAX a una economía que pueda optar al AMC, o a una Agencia Humanitaria para uso en una de las economías que pueden optar al AMC, hasta el 30 de junio de 2023 inclusive, según compruebe el Administrador por el número de lote de dicha vacuna); y
  2. da lugar a una Lesión del tipo que se describe en la pregunta 7 infra.

Como se señaló anteriormente, es necesario cumplir una serie de condiciones:

  • para que una Solicitud de compensación sea admisible; y
  • si una Solicitud es admisible, para que usted (o la persona a la que representa) pueda optar a dicha compensación y recibirla.

Estas condiciones se describen en el Protocolo del Programa.

7. ¿Qué tipo de lesiones cubre el Programa?

El Programa cubre las lesiones corporales o enfermedades graves que sufre un Paciente y que:

  1. dan lugar a una Deficiencia total o parcial permanente; o
  2. consisten en una Lesión o enfermedad congénita en un hijo nonato o recién nacido de una mujer que haya recibido una Vacuna y que dé lugar a una Deficiencia total o parcial permanente; o
  3. tiene como resultado la muerte.

Una Lesión puede (pero no necesariamente) haber requerido Hospitalización o prolongación de una Hospitalización existente.

La Tabla de lesiones por vacunación del Programa proporciona información sobre posibles lesiones graves que pueden ocurrir como resultado de una Vacuna o de su administración y que pueden ser elegibles a una compensación en el marco del Programa.

No obstante, el hecho de que una Lesión figure en la Tabla de lesiones por vacunación no significa automáticamente que la Lesión sea eligible a una compensación - es decir, la inclusión de una Lesión en la Tabla de lesiones por vacunación no significa automáticamente que:

  • una Solicitud se considere admisible conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Protocolo del Programa; y/o que
  • una Reclamación Admisible por dicha Lesión considerara como compensable bajo el marco del Programa. A modo de ejemplo, se puede determinar que la Lesión se ha producido por una causa distinta a la Vacuna o su administración, o que ha resultado una discapacidad que no es permanente.

A la inversa, si una Lesión no figura en la Tabla de lesiones por vacunación, no significa necesariamente que la Lesión no sea elegible a una compensación.

8. ¿Dónde puedo encontrar más información sobre el Programa?

Podrá encontrar más información sobre el Programa en este sitio web (covaxclaims.com).

Si tiene alguna pregunta sobre el Programa a la que no se responda en estas preguntas frecuentes o en la información disponible en el sitio web del Programa, puede ponerse en contacto directamente con el Administrador: i) por correo electrónico en covaxclaims@esis.com; ii) por correo electrónico o correo postal en uno de los Centros Regionales del Programa; o iii) llamando al teléfono de asistencia mundial del Programa o a los números de teléfono directos de los centros regionales del Programa. Consulte la pregunta 28 infra para conocer las direcciones postales y los números de teléfono regionales del Administrador.

La forma más eficaz de ponerse en contacto con el Administrador es por correo electrónico en covaxclaims@esis.com o a través del enlace Contáctenos en este sitio web.

B. Preguntas sobre los requisitos para solicitar una compensación en el marco del programa
9. ¿Quién puede presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa?

Podrá presentar una Solicitud si usted (o la persona a la que representa) cumple las siguientes condiciones:

  1. Ser un residente o ciudadano de una economía que puede optar al AMC; o
  2. Ser un individuo que haga parte de una población de interés para la Reserva Humanitaria del Mecanismo COVAX (según la definición actualizada del Comité Permanente entre Organismos (IASC) [1]  de las Naciones Unidas) en una economía que puede optar al AMC; y
  3. Ser un individuo a quien se le administró una Vacuna en una economía que puede optar al AMC; y
  4. Afirmar haber sufrido un Evento adverso grave que:
    1. esté relacionado con una Vacuna recibida a través del Mecanismo COVAX en alguna de las economías que pueden optar al AMC, o con la administración de dicha Vacuna (siempre y cuando dicha vacuna haya sido asignada para su entrega a través del Mecanismo COVAX a una economía que pueda optar al AMC, o a una Agencia Humanitaria para uso en una de las economías que pueden optar al AMC, hasta el 30 de junio de 2023 inclusive, según compruebe el Administrador por el número de lote de dicha vacuna); y
    2. haya tenido como resultado una Lesión.

Véanse las preguntas 5, 6 y 7 para obtener más información sobre, respectivamente: i) qué es una economía que puede optar a la AMC, ii) qué es un Evento adverso grave, y ii) qué tipos de lesiones cubre el Programa. Véase la pregunta 11 infra sobre la manera en que puede averiguar si la Vacuna contra la COVID-19 que le administraron a usted (o a la persona a la que usted representa) se ha recibido a través del Mecanismo COVAX.

Sin embargo, obsérvese que, aunque usted (o la persona a la que representa) cumpla las condiciones anteriores, ello no significa automáticamente que su Solicitud sea admisible en el marco del Programa, o que, si su Solicitud es admisible, usted (o la persona a la que representa) cumpla los requisitos para recibir una compensación en el marco del Programa.

De hecho, es necesario que se cumplan una serie de condiciones:

  • para que una Solicitud de compensación sea admisible; y
  • si una Solicitud es admisible, para que usted (o la persona a la que representa) pueda cumplir los requisitos para recibir dicha compensación.

Estas condiciones se describen en el Protocolo del Programa.

[1] La definición de una población de interés para la Reserva Humanitaria del Mecanismo COVAX  puede encontrarse en Frequently Asked Questions- The COVAX Humanitarian Buffer.

10. ¿De cuánto tiempo dispongo para solicitar una compensación en el marco del Programa?

Tendrá tiempo suficiente para presentar al Administrador los documentos de la Solicitud (es decir, el formulario de Solicitud, el formulario de Pruebas Justificativas y todos los demás documentos que deben presentarse con esos formularios). Sin embargo, tenga en cuenta que el Programa solo proporciona compensación por las Vacunas enumeradas en el apéndice 1 del Protocolo del Programa y asignadas para su entrega a través del Mecanismo COVAX a una economía que pueda optar al AMC, o a una Agencia Humanitaria para uso en una de las economías que pueden optar al AMC, hasta el 30 de junio de 2023 inclusive (según compruebe el Administrador por el número de lote de dicha Vacuna).  

Siempre y cuando se le haya administrado a usted (o a la persona a la que representa) dicha Vacuna antes de la «Fecha en que termina la cobertura» indicada en el apéndice 1 del Protocolo del Programa (es decir, la fecha en que se cumplan 2 años a contar desde la fecha en que el fabricante puso en circulación por primera vez la Vacuna en cualquier país), usted tiene hasta el final del Período de notificación indicado a continuación para presentar los documentos de la Solicitud. Puede encontrar un diagrama ilustrativo del Período de notificación en el apéndice 6 del Protocolo del Programa.

Si desea calcular el Período de notificación de que dispone usted (o a la persona a la que representa), siga estos pasos:

  1. Determine cuál es la “Fecha en que termina la cobertura” aplicable a la Vacuna que se le administró al Paciente (esa fecha límite figura en el apéndice 1 del Protocolo del Programa); y
  2. Calcule el número de meses y días que hay desde la fecha de vacunación del Paciente (es decir, la fecha en que se administró la Vacuna al Paciente) hasta la Fecha en que termina la cobertura de la Vacuna, y:
    1. si se administró la Vacuna al Paciente antes del 30 de junio de 2024, añada otros 36 meses al Periodo de notificación de que dispone el Paciente; o
    2. si se administró la Vacuna al Paciente entre el 30 de junio de 2024 y el 30 de junio de 2025, el Periodo de notificación de que dispone el Paciente termina el 30 de junio de 2027.

Así se establece el Período de notificación que le corresponde.

Para averiguar si ha recibido una Vacuna contra la COVID-19 distribuida a través del Mecanismo COVAX, lea la pregunta 11 infra y consulte el apéndice 1 (Lista de Vacunas) del Protocolo del Programa. Para averiguar en qué fecha el fabricante puso en circulación por primera vez la Vacuna en cuestión, consulte el apéndice 1 (Lista de Vacunas) del Protocolo del Programa.

Si necesita ayuda para calcular el Periodo de notificación de dispone usted (o la persona a la que usted representa), póngase en contacto con el Administrador para que alguien pueda ayudarle (véase la pregunta 28 infra para obtener los datos de contacto).

Usted puede solicitar una compensación en el marco del Programa en el Periodo de notificación descrito anteriormente, aun cuando se le administrara a usted (o a la persona a la que representa) la Vacuna distribuida a través del COVAX antes de que el Programa empezara a funcionar plenamente.  Sin embargo, recuerde que habrá que observar el periodo de espera de 30 días que se describe en la pregunta 17 infra, antes de que usted o cualquier Profesional Sanitario Colegiado inicie los trámites para cumplimentar el formulario de Solicitud o el formulario de Pruebas Justificativas que hay que presentar como parte de la documentación de la Solicitud.

Según lo establecido en el apartado i) del artículo 1 del Protocolo del Programa, el Periodo de notificación concluirá el 30 de junio de 2027. Es decir, el Periodo de notificación no se prorrogará en ninguna circunstancia y para ningún Paciente más allá del 30 de junio de 2027, y el Administrador no aceptará ninguna Solicitud de compensación a partir de esa fecha.

11. ¿Cómo puedo saber si yo he recibido (o la persona a la que represento ha recibido) una Vacuna contra la COVID-19 distribuida a través del Mecanismo COVAX?

Para determinar si la Vacuna contra la COVID-19 que se le administró a usted (o a la persona a la que representa) se recibió a través del Mecanismo COVAX, deberá verificar si la Vacuna está incluida en el apéndice 1 (Lista de Vacunas) del Protocolo del Programa. Para comprobarlo, es necesario saber: 1) el nombre comercial exacto de la Vacuna, 2) el nombre exacto del fabricante de la Vacuna; y 3) el número exacto de la serie o lote de la Vacuna que se le administró a usted (o a la persona a la que representa).

Tal vez desee consultar la cartilla/registro de Vacunación que se le facilitó (o a la persona a la que representa) para obtener esta información, o pedir a la persona o entidad/organización que le administró la Vacuna (o a la persona a la que representa) que le facilite dicha información para poder compararla con la Lista de Vacunas del apéndice 1.

12. Si yo he recibido (o la persona a la que represento ha recibido) una Vacuna contra la COVID-19 que no se distribuyó a través del Mecanismo COVAX, ¿puedo solicitar una compensación en el marco del Programa?

No. Si usted (o la persona a la que representa) ha recibido una Vacuna contra la COVID-19 que no se adquirió ni distribuyó a través del Mecanismo COVAX, lamentablemente no puede solicitar una compensación en el marco del Programa. El motivo es que el Programa solo cubre los Eventos adversos graves que se producen a raíz de la administración de una Vacuna contra la COVID-19 que se haya recibido a través del Mecanismo COVAX en una de las economías que pueden optar al AMC.

Obsérvese que toda dosis de un Vacuna que haya sido redistribuida por una economía que puede optar al AMC o por cualquier otro país a otra economía que puede optar al AMC sin contar con la aprobación explícita del Mecanismo COVAX no será incluida dentro de la definición de “Vacuna” bajo el Protocolo del Programa. Por consiguiente, toda Solicitud proveniente de un Solicitante que haya recibido una dosis de este tipo no será considerada como una Reclamación Admisible.

13. Soy (o la persona a la que represento es) ciudadano o residente de una economía que puede optar al AMC, pero yo he recibido (o la persona a la que represento ha recibido) una Vacuna contra la COVID-19 en un país que no figura en la lista de economías que pueden optar al AMC. ¿Puedo solicitar una compensación en el marco del Programa?

No. Si usted (o la persona a la que representa) ha recibido una Vacuna contra la COVID-19 en un país que no está incluido en la lista de economías que pueden optar al AMC, lamentablemente no puede solicitar una compensación en el marco del Programa. El motivo es que el Programa solo cubre los Eventos adversos graves que se producen a raíz de la administración de una Vacuna contra la COVID-19 que se haya recibido a través del Mecanismo COVAX en una de las economías que pueden optar al AMC.

14. ¿Cómo puedo saber si tengo derecho a representar a una persona que ha fallecido, o es un niño, o está incapacitada o carece de capacidad jurídica para presentar una Solicitud en el marco del Programa? ¿Qué debo hacer para representar a dicha persona?

Para presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa en nombre de un Paciente que ha fallecido, o que es un niño, o está incapacitado o que carece de capacidad jurídica para presentar una Solicitud, deberá cumplir todos los requisitos que se exponen a continuación y que figuran en el apartado b) de la sección 8 del Formulario de Solicitud (apéndice 2):

  • deberá ser el padre, tutor, heredero o representante reconocido por la ley (según corresponda) del Paciente en cuyo nombre presenta la Solicitud; y
  • deberá presentar —junto con (es decir, al mismo tiempo que) la Solicitud— un poder notarial o una declaración notariada por un Notario. Dicho poder notarial o declaración notariada tendrá que :
    • En todos los casos: confirmar que es el padre, tutor, heredero o representante reconocido por ley (según corresponda) del Paciente en cuyo nombre presenta la Solicitud; y
    • En caso de que la persona haya fallecido: confirmar además que, A) usted es el representante debidamente autorizado y reconocido por la ley de todos los herederos legítimos del Paciente en cuyo nombre presenta una Solicitud (y los nombres de todos esos herederos legítimos deben figurar en el poder o declaración); y B) usted tiene todos los derechos, poderes y autoridad necesarios para representar, actuar y contraer obligaciones en nombre de todos esos herederos legítimos; y C) no existen otros herederos legítimos del Paciente en cuyo nombre presenta una Solicitud distintos de los herederos legítimos que figuran en el poder o declaración.
C. Preguntas sobre el procedimiento de solicitud
15. ¿Hay instrucciones u otros materiales que me sirvan de guía para completar y presentar una Solicitud en el marco del Programa?

Si. Antes de que tome cualquier paso para completar una Solicitud de compensación bajo el Programa, por favor asegúrese de primero leer detenidamente las instrucciones que figuran en Cómo presentar una Solicitud, disponibles en el sitio web del Programa bajo “Formularos y Otros Documentos del Programa Imprimibles.” Dichas instrucciones proporcionan información importante sobre la manera de completar y presentar el formulario de Solicitud, el formulario de Pruebas justificativas y los demás documentos relativos al Programa.

Además, antes de que tome cualquier paso para presentar una Solicitud de compensación bajo el Programa, por favor asegúrese de que se cumplan todos los requisitos descritos en la Lista de Verificación para Solicitudes (es decir, se debe de marcar “SI” para todas las casillas figuran en dicha Lista de Verificación).  La Lista de Verificación para Solicitudes están disponibles en el sitio web del Programa bajo “Formularos y Otros Documentos del Programa Imprimibles.”

16. ¿En qué idioma(s) están disponibles y se aceptan los formularios del Programa? ¿Puedo cumplimentar y presentar los formularios y documentos justificativos del Programa en otros idiomas?

Los formularios del Programa (junto con las instrucciones para cumplimentarlos y presentarlos) están disponibles en español, francés e inglés en el sitio web del Programa.

Deberá cumplimentar y presentar los formularios del Programa en español, francés o inglés para que el Administrador tome en consideración dichos formularios y los documentos. Los formularios del Programa que se cumplimenten o presenten en cualquier otro idioma serán rechazados y no se tomarán en consideración.

Sin embargo, cualquier documento o información adicional que se requiera o se permita facilitar con los formularios del Programa, o que solicite el Administrador, podrá presentarse en otro idioma si no está disponible en español, francés o inglés.

17. ¿Existe un periodo de espera antes de poder presentar una Solicitud en el marco del Programa? ¿Por qué tengo que esperar 30 días después de la administración de la dosis de Vacuna distribuida a través de COVAX que se considera que ha provocado la Lesión antes de poder cumplimentar una Solicitud y/o pedir a un Profesional Sanitario Colegiado que cumplimente el formulario de Pruebas Justificativas?
  1. Efectivamente, existe un periodo de espera, salvo en caso de fallecimiento, tal y como se indica en el apartado b) infra. Deberá esperar al menos 30 días a partir de la fecha de la administración de la dosis de Vacuna distribuida a través de COVAX que se considera que ha provocado la Lesión antes de que usted o cualquier Profesional Sanitario Colegiado, según proceda, pueda iniciar cualquier trámite para cumplimentar y presentar el Formulario de Solicitud (apéndice 2) y el Formulario de Pruebas Justificativas (apéndice 3). La razón de este periodo de espera de 30 días es permitir a los Profesionales Sanitarios Colegiados determinar si el Evento adverso que usted (o la persona a la que representa) ha sufrido es realmente grave. Esto evita que las personas que sufran Eventos adversos que no sean graves asociados a una Vacuna contra la COVID-19 recibida a través del Mecanismo COVAX, o a la administración de dicha Vacuna, presenten una Solicitud de compensación en el marco del Programa. Los Eventos adversos que no sean graves quedan fuera del alcance del Programa. Consulte la pregunta 6 para obtener más información sobre los Eventos adversos graves cubiertos por el Programa.
  2. El periodo de espera de 30 días no se aplica en el caso de que la persona a la que usted representa haya fallecido a raíz de la administración de una Vacuna contra la COVID-19 recibida a través del Mecanismo COVAX, y de que un Profesional Sanitario Colegiado considere que la causa del fallecimiento ha sido dicha Vacuna o su administración.
18. ¿Qué formularios y documentos debo presentar para solicitar una compensación en el marco del Programa? ¿Debo presentar todos los documentos de la Solicitud al mismo tiempo?

Para solicitar una compensación en el marco del Programa es necesario presentar al mismo tiempo todos los documentos de la Solicitud al Administrador. Los documentos de la Solicitud consisten en:

  • el formulario de Solicitud (apéndice 2) debidamente cumplimentado, firmado y fechado por usted; y
  • en caso de que el Paciente haya fallecido, o sea un niño, o esté incapacitado o carezca de capacidad jurídica para presentar una Solicitud, tendrá usted que facilitar también un poder o declaración (debidamente notariado por un Notario) que cumpla los requisitos establecidos en el apartado b) de la sección 8 del formulario de Solicitud (apéndice 2). Consulte la pregunta 14 supra para obtener más información sobre los requisitos que se aplican a este poder notarial o declaración notariada por un Notario; y
  • el formulario de Pruebas Justificativas (apéndice 3) debidamente cumplimentado, firmado y fechado por uno o varios Profesionales Sanitarios Colegiados; y
  • la documentación que deben presentar los Profesionales Sanitarios Colegiados junto con el formulario de Pruebas Justificativas (apéndice 3).
19. ¿De qué forma puedo presentar el formulario de Solicitud y otros formularios del Programa? ¿Puedo presentar la Solicitud por teléfono?

Tenga en cuenta que no puede cumplimentar ni presentar una Solicitud ni ningún otro formulario del Programa por teléfono, y que el Administrador no puede cumplimentar ni presentar ningún formulario del Programa por usted.

Todos los formularios del Programa pueden presentarse al Administrador por cualquiera de los siguientes medios:

  • En línea, cargándolos en el sitio web del Programa; y
  • Por correo electrónico, enviándolos a covaxclaims@esis.com; y
  • Por correo postal, enviándolos a uno de los centros regionales del Programa cuyas direcciones postales figuran aquí.
20. ¿Cuál es el plazo para presentar una Solicitud en el marco del Programa? ¿Qué ocurre si vence el plazo para presentar una Solicitud?

Si usted (o la persona a la que representa) ha recibido una Vacuna contra la COVID-19 distribuida a través del Mecanismo COVAX en una de las economías que pueden optar al AMC, deberá presentar la documentación completa de la Solicitud al Administrador en el Periodo de notificación de que dispone (como se describe en la pregunta 10 supra). La documentación completa de la Solicitud comprende el formulario de Solicitud, el formulario de Pruebas Justificativas y todos los demás documentos que deben presentarse junto con los dos primeros.

Si no presenta la documentación completa de la Solicitud antes de que finalice el Periodo de notificación de que dispone (como se describe en la pregunta 10 supra), lamentablemente ya no podrá solicitar una compensación en el marco del Programa. Si presenta un formulario de Solicitud u otros documentos de la Solicitud después del Periodo de notificación de que dispone, el Administrador rechazará su Solicitud y no podrá tomarla en consideración.

Además, tenga a bien considerar que, según lo establecido en el apartado i) del artículo 1 del Protocolo del Programa, el Periodo de notificación concluirá el 30 de junio de 2027. Es decir, el Periodo de notificación no se prorrogará en ninguna circunstancia y para ningún Paciente más allá del 30 de junio de 2027, y el Administrador no aceptará ninguna Solicitud de compensación a partir de esa fecha.

21. ¿Recibiré automáticamente una compensación en el marco del Programa si: a) presento una Solicitud y Pruebas Justificativas, o b) si el Administrador me ha notificado que mi Solicitud y mis Pruebas Justificativas han sido aceptadas como una Reclamación Admisible?

No. La presentación de un formulario de Solicitud y un formulario de Pruebas Justificativas al Administrador no le otorga a usted (ni a la persona a la que representa) automáticamente el derecho a recibir el Pago de una compensación en el marco del Programa. Del mismo modo, el hecho de que el Administrador le haya notificado que su Solicitud ha sido aceptada como una Reclamación Admisible en el marco del Programa no le otorga a usted (o a la persona a la que representa) de por sí el derecho a recibir el Pago de una compensación en el marco del Programa.

Las condiciones para que una Solicitud sea admisible, y las condiciones para que usted (o la persona a la que representa) pueda optar a una compensación y recibirla se describen en el Protocolo del Programa.

22. Yo (o la persona a la que represento) puedo optar a recibir una compensación por la Lesión de otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas. ¿Puedo en ese caso presentar una Solicitud en el marco del Programa?

Si usted (o la persona a la que representa) puede optar a recibir una compensación por la Lesión de otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas, puede presentar una Solicitud en el marco del Programa con sujeción a las siguientes condiciones:

  1. En su formulario de Solicitud, debe revelar todos los detalles acerca de su admisibilidad para recibir una compensación por la Lesión de otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas; y
  2. En su formulario de Solicitud, debe aceptar que, durante todo el tiempo en que su Solicitud esté siendo objeto de examen y/o apelación en el marco del Programa, usted (o la persona a la que representa) no presentará ninguna otra reclamación de compensación o daños contra ninguna otra persona, organización o entidad, incluida una reclamación ante cualquier otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas; y
  3. Si usted (o la persona a la que representa) ha presentado una reclamación por la Lesión ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas que está pendiente de resolución, usted (o la persona a la que representa) deberá tomar todas las medidas descritas en la Opción 1 o la Opción 2 de la pregunta 23 infra.
23. Tengo (o la persona a la que represento tiene) una solicitud o reclamación pendiente de resolución ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas, con vistas a recibir una compensación por la Lesión. ¿Puedo presentar una Solicitud en el marco del Programa mientras esté pendiente de resolución esa solicitud o reclamación ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas?

Si usted (o la persona a la que representa): a) tiene una solicitud o reclamación de compensación por la Lesión que está pendiente de resolución ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas, y b) desea presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa, tiene las siguientes dos opciones:

OPCIÓN 1 – «ESPERAR Y VER» EL RESULTADO DE LAS SOLICITUDES O RECLAMACIONES PENDIENTES ANTE EL OTRO PROGRAMA DE COMPENSACIÓN POR LESIONES DEBIDAS A VACUNAS:

Con esta opción, debe tomar todas las siguientes medidas ANTES de presentar una Solicitud en el marco del Programa:

  1. Espere hasta DESPUÉS de que usted (o la persona a la que representa) sepa el resultado final de la otra solicitud o reclamación por la Lesión que está pendiente ante el otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas; y
  2. Al completar su Solicitud en ese momento posterior (es decir, después de conocer el resultado final de esa otra solicitud o reclamación), debe:
    1. Proporcionar al Administrador todos los detalles del resultado de la solicitud o reclamación por la Lesión que se presentó ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas (especificando el importe y todos los detalles de cualquier compensación recibida); y
    2. Convenir en que, durante todo el tiempo en que su Solicitud esté siendo objeto de examen y/o apelación en el marco del Programa, usted (o la persona a la que representa) no presentará ninguna otra reclamación ni incoará ningún procedimiento judicial ante ninguna corte o tribunal, ni contra ninguna otra persona, organización o entidad (incluido otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas).

O BIEN...

OPCIÓN 2 – RETIRAR Y DESESTIMAR LAS SOLICITUDES O RECLAMACIONES PENDIENTES ANTE LOS OTROS PROGRAMAS DE COMPENSACIÓN POR LESIONES:

Bajo esta opción, debe tomar todas las siguientes medidas ANTES de poder presentar una Solicitud bajo el Programa:

  1. Obtener la retirada irrevocable, incondicional, total y final y el desistimiento de todas las solicitudes o reclamaciones por la Lesión que estén pendientes ante cualquier otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas; y
  2. Al completar su Solicitud, debe:
    1. Proporcionar al Administrador confirmación por escrito y prueba de la retirada y desistimiento de todas las solicitudes o reclamaciones por la Lesión pendientes ante cualquier otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas, según lo requerido en el párrafo 1) supra; y
    2. Convenir en que, durante todo el tiempo en que su Solicitud esté siendo objeto de examen y/o apelación en el marco del Programa, usted (o la persona a la que representa) no presentará ninguna otra solicitud o reclamación de compensación por la Lesión sufrida ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas;

NOTA IMPORTANTE: Su Solicitud de compensación en el marco del Programa NO podrá ser aceptada o considerada, y será rechazada, a menos que usted (o la persona a la que representa) haya adoptado previamente todas las medidas descritas en la Opción 1 o la Opción 2 supra.

24. Yo (o la persona a la que represento) he percibido con anterioridad una compensación por la Lesión sufrida de otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas. ¿Puedo pese a ello presentar una Solicitud en el marco del Programa?

Si usted (o la persona a la que representa) ha percibido con anterioridad una compensación por la Lesión de otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas, usted (o la persona a la que representa) puede también presentar una Solicitud en el marco del Programa, siempre y cuando cumpla las siguientes condiciones:

  • En su formulario de Solicitud, debe revelar el importe, la naturaleza y todos los detalles de la otra compensación por la Lesión percibida con anterioridad de otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas; y
  • Si su Solicitud fuera aprobada por el Administrador para el Pago en el marco del Programa, al calcular el importe de dicho Pago, el Administrador tendrá derecho a deducir el importe de la otra compensación similar por la Lesión que usted (o la persona a la que representa) percibió del otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas. Consulte la Pregunta 41 para obtener más información sobre cómo se calcula el importe del Pago en el marco del Programa.
25. Tengo (o la persona a la que represento tiene) una reclamación u otro procedimiento judicial pendiente para la compensación por la Lesión: a) ante una corte o tribunal, o b) contra cualquier otra persona, organización o entidad. ¿Puedo presentar una Solicitud en el marco del Programa mientras esté pendiente de resolución esa reclamación o procedimiento judicial?

Si usted (o la persona a la que representa): a) tiene cualquier reclamación u otro procedimiento judicial pendiente de resolución por la Lesión ante una corte o tribunal o contra cualquier otra persona, organización o entidad, que no sean reclamaciones ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas (en cuyo caso se aplican las Preguntas 22 y 23 supra); y b) desea presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa, usted (o la persona a la que representa) debe tomar todas las siguientes medidas ANTES de poder presentar una Solicitud en el marco del Programa:

  1. Obtener la retirada irrevocable, incondicional, total y final y el desistimiento de todas las acciones y procedimientos judiciales relativos a la Lesión que estén pendientes de resolución ante todas las cortes o todos los tribunales, y contra todas otras personas, organizaciones o entidades; y
  2. Al completar su Solicitud, debe:
    1. Proporcionar al Administrador confirmación por escrito y prueba de la retirada y desistimiento de todas las reclamaciones y procedimientos judiciales pendientes, según lo requerido en el párrafo 1) supra; y
    2. Convenir en que, durante todo el tiempo en que su Solicitud esté siendo objeto de examen y/o apelación en el marco del Programa, usted (o la persona a la que representa) no presentará ninguna otra reclamación de compensación o daños contra ninguna otra persona, organización o entidad, incluida una reclamación ante cualquier otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas.

NOTA IMPORTANTE: Su Solicitud de compensación en el marco del Programa NO podrá ser aceptada o considerada, y será rechazada, a menos que usted (o la persona a la que representa) haya adoptado previamente todas las medidas descritas en los párrafos 1) y 2) supra.

26. ¿Puedo presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa si: a) he presentado (o la persona a la que represento ha presentado) previamente una acción u otro procedimiento judicial para obtener compensación por la Lesión ante cualquier corte o tribunal, o contra cualquier otra persona, organización o entidad (que no sea ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas), y b) dicha acción u otro procedimiento judicial ha concluido completamente?

No. Usted, o la persona a la que representa, no puede presentar una Solicitud de compensación en el marco del Programa si:

  1. Usted (o la persona a la que representa) ha presentado previamente una acción u otro procedimiento judicial por la Lesión ante cualquier corte o tribunal, o contra cualquier otra persona, organización o entidad, que no sea ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas; y
  2. Esa acción u otro procedimiento judicial ha concluido completamente.

NOTA IMPORTANTE: Una Solicitud presentada en el contexto descrito en esta pregunta será rechazada y no será considerada.

27. ¿Quién puede tener acceso a la información y los documentos que presento en relación con una Solicitud?

Las siguientes personas pueden tener acceso y examinar su información/historial personal, médico o de otra índole (o de la persona para la que presenta la Solicitud):

  • el Administrador
  • los miembros del Panel de Examen;
  • los miembros del Panel de Apelaciones;
  • Cualquier otra persona que represente y/o asesore a alguna de las personas mencionadas anteriormente; y
  • Cualquier otra persona o entidad mencionada en la política de privacidad de ESIS, Inc., relativa al Programa de compensación sin culpa del COVAX para las economías que pueden optar al AMC.

Además de lo anterior, sus datos personales y médicos (o los de la persona en cuyo nombre presenta una Solicitud) podrán ser intercambiados con un servicio de salud local y/o con un organismo local encargado de la aplicación de la ley u otros organismos gubernamentales, con una organización intergubernamental y con una institución internacional, según se requieran periódicamente con fines de aplicación de la ley, detección de actividades delictivas, determinación de perfiles de riesgo de las Vacunas u otra actividad razonablemente proporcionada que pueda ser necesario realizar periódicamente en relación con su Solicitud o con una apelación u otros procedimientos que se deriven de ella o estén relacionados con ella.

Para más información, consulte la Política de privacidad de ESIS, Inc. relativa al Programa de compensación sin culpa del COVAX para las economías que pueden optar al AMC.

D. Preguntas sobre con quién hay que ponerse en contacto
28. ¿Con quién debo ponerme en contacto si tengo que formular preguntas sobre el Programa, una Solicitud o un formulario del Programa, o si necesito ayuda para cumplimentar o presentar una Solicitud u otros formularios del Programa?

Si tiene que formular preguntas sobre el Programa, una Solicitud o uno de los formularios del Programa y esas preguntas no tienen respuesta en estas preguntas frecuentes ni en información de otra índole disponible en el sitio web del Programa, puede ponerse en contacto con el Administrador por alguno de los siguientes medios:

  • Por correo electrónico, escribiendo a covaxclaims@esis.com; o
  • Por correo electrónico o correo postal, escribiendo a una de las direcciones de correo electrónico y postales de los Centros regionales del Programa; o
  • Por teléfono, durante el horario/los días de atención al público:
    • Llamando al teléfono de asistencia mundial del Programa al 1-833-276-8262. Obsérvese que el número de teléfono de asistencia mundial puede ser gratuito o tener un costo para el Solicitante, dependiendo de la economía que puede optar al AMC desde la que llame el Solicitante. Los Solicitantes deberán verificar si la llamada tiene o no un costo antes de llamar al teléfono de asistencia mundial.
    • O llamando a uno de los números de teléfono directo (con costo) de los centros regionales del Programa, cuyos números de teléfono figuran en el sitio web del Programa, que se puede consultar aquí.

La forma más eficaz de ponerse en contacto con el Administrador es enviando un correo electrónico a covaxclaims@esis.com o a través del enlace Contáctenos en este sitio web.

29. ¿Qué hago si necesito ayuda pero no hablo inglés, francés o español?

Los Centros Regionales del Programa están disponibles para ayudarlo en su lengua materna, así como en inglés, francés o español. Si tiene alguna pregunta o necesita ayuda, comuníquese con su Centro Regional asignado por correo electrónico, teléfono o correo ordinario utilizando la información de contacto proporcionada en la página Contáctenos, y el Centro Regional hará lo mejor posible para asistirlo en su lengua materna.

30. ¿Con quién debo ponerme en contacto en relación con las Pruebas Justificativas requeridas?

Deberá ponerse en contacto con el/los Professional(es) Sanitario(s) Colegiado(s) que le han tratado a usted (o a la persona a la que representa) por la Lesión o enfermedad asociada a la Vacuna contra la COVID-19 recibida a través del Mecanismo COVAX, para que puedan: i) cumplimentar y firmar el formulario de Pruebas Justificativas (apéndice 3) que habrá que presentar con su Solicitud; y ii) proporcionarle los demás documentos justificativos que deben adjuntarse al formulario de Pruebas Justificativas. No debe cumplimentar ni firmar usted mismo el formulario de Pruebas Justificativas; si lo hace, el Administrador no lo aceptará ni lo tomará en consideración.

31. ¿Cómo puedo encontrar a un notario u otro funcionario público facultado por la ley para prestar servicios de autentificación notarial y/o legalización en la economía que puede optar al AMC en la que yo (como Solicitante/Reclamante) resido, o en la que reside el Paciente (o, en el caso de defectos congénitos, la madre del Paciente) reside, o en la que se administró la Vacuna al Paciente o, en el caso de defectos congénitos, a la madre del Paciente resido?

Le sugerimos que se ponga en contacto con las autoridades gubernamentales locales, con las autoridades gubernamentales del lugar de residencia del Paciente, o, en el caso de defectos congénitos, de la madre del Paciente, o con las autoridades gubernamentales de la economía que puede optar al AMC donde se administró la Vacuna, para obtener esta información.

E. Preguntas sobre el procedimiento después de presentar una solicitud
32. ¿Qué sucede después de presentar un formulario de Solicitud y otros documentos de la Solicitud en el marco del Programa?

Una vez que todos los documentos de la Solicitud (es decir, el formulario de Solicitud, el formulario de Pruebas Justificativas y los demás documentos que deben presentarse con dichos formularios) hayan sido debidamente cumplimentados, firmados, fechados y presentados al Administrador, se seguirán los siguientes pasos (entre otros):

  1. Recibirá un acuse de recibo por escrito del Administrador confirmando que se han recibido los documentos de su Solicitud, y uno de los examinadores del Administrador se pondrá en contacto con usted por correo electrónico o por correo postal; y
  2. El Administrador revisará los documentos de su Solicitud en un plazo de 7 días a partir de la fecha de su recepción para determinar (de conformidad con las condiciones del Protocolo del Programa) si:
    • el formulario de Solicitud está a) debidamente cumplimentado, firmado y fechado, y va b) acompañado del formulario de Pruebas Justificativas requerido (asimismo, debidamente cumplimentado, firmado y fechado) y de los demás documentos que deben presentarse junto con el formulario de Solicitud y los formularios de Pruebas Justificativas;
    • los documentos de la Solicitud cumplimentados se han presentado antes de que finalice el Periodo de notificación (que en ninguna circunstancia se prorrogará más allá del 30 de junio de 2027), que se muestra en el apéndice 6 del Protocolo del Programa (véase también la pregunta 10 supra);
    • usted (o la persona en cuyo nombre presenta la Solicitud) cumple todos los requisitos de un Reclamante en el marco del Programa; y
    • la Solicitud constituye una Reclamación Admisible en el marco del Programa;
  3. Si el Administrador considera que su Solicitud está incompleta, le invitará a presentar los documentos que faltan y tendrá un plazo de 90 días a partir de la fecha de la notificación del Administrador para presentarle dichos documentos.
  4. Si el Administrador considera que su Solicitud es una Reclamación Admisible en el marco del Programa: A) presentará todos los documentos de su Solicitud al Panel de Examen del Programa tan pronto como sea posible (y a más tardar siete días) después de la comprobación del Administrador antes mencionada; y B) le enviará una notificación escrita de que su Solicitud ha sido aceptada como una Reclamación Admisible en el marco del Programa. Observe que la aceptación de una Solicitud como una Reclamación Admisible en el marco del Programa no le otorga de por sí a usted (o a la persona a la que representa) el derecho a recibir el Pago de una compensación en el marco del Programa. Para más información, véase la pregunta 21 supra. El Panel de Examen deberá evaluar su Solicitud y determinará (de conformidad con las disposiciones pertinentes del Protocolo) si su Solicitud puede ser aprobada o no para recibir una compensación en el marco del Programa.
  5. Si el Administrador considera que su Solicitud no es una Reclamación Admisible en el marco del Programa : A) su Solicitud será rechazada, y B) el Administrador le enviará una notificación escrita de que su Solicitud ha sido rechazada porque no constituye una Reclamación Admisible en el marco del Programa. La notificación del Administrador incluirá: i) los motivos del rechazo de su Solicitud, ii) una notificación de su derecho a apelar esta decisión, y iii) una copia del formulario llamado Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud (apéndice 4) que deberá cumplimentar y presentar oportuna y debidamente, si desea apelar esta decisión. Consulte las preguntas 36 y 38 infra para obtener más información sobre la presentación de una apelación por rechazo de una Solicitud utilizando el formulario de Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud.
33. ¿Qué ocurre si incumplo un plazo en el marco del Programa, después de haber presentado a tiempo una Solicitud?

Si usted ha presentado a tiempo una Solicitud, pero posteriormente incumple los plazos pertinentes establecidos en el Protocolo del Programa, el Administrador podrá denegar y cerrar el procedimiento relativo a su Solicitud (incluidos los exámenes y/o apelaciones pendientes). Para evitar esto, usted deberá i) verificar siempre cuidadosamente los plazos aplicables, y ii) presentar oportunamente todos los documentos e información requeridos al Administrador (y adoptar las medidas oportunas para que pueda cumplir esos plazos).

Los plazos que se aplican después de haber presentado a tiempo una Solicitud son, por lo general, de 90 días a partir de la fecha en que usted recibió la notificación del Administrador. Estos plazos deberían ser suficientes para cumplir lo que corresponda.

34. ¿Puedo modificar una Solicitud después de haberla presentado?

Si desea modificar el formulario de Solicitud, el formulario de Pruebas Justificativas o cualquier otro documento de la Solicitud después de haberlo presentado al Administrador, deberá:

  • En primer lugar, retirar la Solicitud existente. Consulte la pregunta 35 infra para obtener más información sobre la forma de retirar una Solicitud después de haberla presentado; y
  • A continuación, cumplimente (o haga cumplimentar) y presente al Administrador un conjunto nuevo/modificado de documentos de la Solicitud (es decir, un nuevo formulario de Solicitud, un formulario de Pruebas Justificativas y todos los demás documentos que deban presentarse en virtud de lo dispuesto en los formularios). Observe que tendrá que volver a presentar todos los documentos de la Solicitud junto con la Solicitud nueva/modificada y al mismo tiempo que esta, aun cuando solo se hayan modificado algunos documentos (pero no todos) de la Solicitud.

Asegúrese de presentar al Administrador el formulario de Solicitud nuevo/modificado, el formulario de Pruebas Justificativas y otros documentos de la Solicitud antes de que finalice el Periodo de notificación de que dispone(que en ninguna circunstancia se prorrogará más allá del 30 de junio de 2027, fecha en la cual concluirá el proceso de solicitudes al Programa y a partir de la cual el Administrador no aceptará más Solicitudes). Si presenta la documentación de su Solicitud nueva/modificada después de que finalice dicho periodo, su Solicitud no podrá ser aceptada y se rechazará. Consulte la pregunta 10 supra para obtener más información sobre la forma de calcular el Periodo de notificación de que dispone.

35. ¿Puedo retirar una Solicitud después de haberla presentado?

Sí, puede retirar su Solicitud: i) en cualquier momento antes de que haya aceptado la aprobación del Pago por el Administrador con respecto a su Solicitud (es decir, antes de que haya presentado al Administrador el acuerdo de exoneración firmado y certificado que se menciona en la pregunta 40 infra); y ii) por cualquier motivo, incluso si desea modificar su Solicitud (véase la pregunta 34 supra).

Para retirar una Solicitud, envíe un mensaje por correo electrónico o por correo postal al Administrador, en el que incluirá lo siguiente: 1) el nombre del Solicitante; 2) el número de Solicitud; y 3) una declaración en la que manifieste que desea retirar su Solicitud de compensación en el marco del Programa, mencionando los motivos.

Obsérvese que después de retirar su Solicitud: a) no se le permitirá restablecer o reactivar la Solicitud retirada, y b) si desea volver a solicitar ulteriormente una compensación en el marco del Programa, deberá cumplimentar (o haber cumplimentado), obtener y presentar al Administrador un formulario de Solicitud y un formulario de Pruebas Justificativas totalmente nuevos y todos los demás documentos que deban facilitarse en virtud de lo dispuesto en los formularios antes de que finalice el Periodo de notificación de que dispone (que en ninguna circunstancia se prorrogará más allá del 30 de junio de 2027, fecha en la cual concluirá el proceso de solicitudes al Programa y a partir de la cual el Administrador no aceptará más Solicitudes). Consulte la pregunta 10 supra para obtener más información sobre la forma de calcular el Periodo de notificación de que dispone.

36. Mi Solicitud ha sido rechazada alegando que no se trata de una Reclamación Admisible en el marco del programa. ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo?

Si el Administrador ha rechazado su Solicitud alegando que no constituye una Reclamación Admisible en el marco del Programa, y usted no está de acuerdo con esta decisión, podrá presentar una apelación siguiendo el procedimiento descrito en el artículo 7 del Protocolo del Programa.

Para apelar el rechazo de una Solicitud en este contexto, deberá cumplimentar, firmar y presentar al Administrador el formulario titulado Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud (apéndice 4). Tenga en cuenta que, en este contexto, no se le permitirá aportar ningún documento nuevo o adicional en relación con su apelación.

Deberá presentar el formulario de Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud al Administrador a más tardar 90 días después de la fecha de la notificación del Administrador sobre el rechazo de su Solicitud por no constituir una Reclamación Admisible en el marco del Programa.

Consulte el artículo 7 del Protocolo del Programa para obtener más información sobre el procedimiento de apelación que se aplica cuando se rechaza una Solicitud alegando que no constituye una Reclamación Admisible en el marco del Programa. Consulte también la pregunta 38 infra para obtener más información sobre lo que ocurre después de presentar un formulario de Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud.

NOTA IMPORTANTE: Si su Solicitud constituye una Reclamación Admisible, pero se le ha denegado el Pago de una compensación en el marco del Programa y usted no está de acuerdo, no utilice el procedimiento de apelación descrito anteriormente y remítase a la pregunta 37.

37. Se ha denegado en el marco del Programa la compensación que pedía en mi Solicitud. ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo?

Si su Solicitud constituye una Reclamación Admisible, pero se ha denegado el Pago de una compensación en el marco del Programa, y usted no está de acuerdo con esa decisión, podrá presentar una apelación siguiendo el procedimiento descrito en el artículo 8 del Protocolo del Programa.

Para apelar la denegación del Pago de una compensación en este contexto, deberá cumplimentar, firmar y presentar al Administrador el formulario denominado Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible (apéndice 5). Si hay algún documento adicional que desee proporcionar en apoyo de su apelación por la denegación de una Reclamación Admisible, deberá presentar al Administrador estos documentos adicionales al mismo tiempo que presenta su formulario de Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible.

Deberá presentar al Administrador el formulario de Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible (junto con cualquier documento adicional que desee proporcionar en apoyo de la apelación), a más tardar 90 días después de la fecha de la notificación del Administrador sobre la denegación del Pago de la compensación que se pedía en su Solicitud/Reclamación Admisible en el marco del Programa.

Consulte el artículo 8 del Protocolo del Programa para obtener más información sobre el procedimiento de apelación que se aplica cuando se deniega el Pago de la compensación que se pedía en una Solicitud/Reclamación Admisible en el marco del Programa. Consulte también la pregunta 39 para obtener más información sobre lo que ocurre después de presentar el formulario de Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible.

NOTA IMPORTANTE: Si su Solicitud se rechazó alegando que no constituía una Reclamación Admisible en el marco del Programa, y usted no está de acuerdo, no utilice el procedimiento de apelación descrito anteriormente y remítase a la pregunta 36.

38. ¿Qué ocurre después de presentar una Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud?

Una vez que el Administrador reciba de usted la Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud debidamente cumplimentada, firmada y fechada (y siempre que esa notificación se haya presentado antes de que finalice el plazo correspondiente), se aplicará el siguiente procedimiento:

  • En el plazo de 7 días a partir de su recepción, el Administrador entregará su formulario de Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud, junto con los demás documentos de la apelación(*), al Vicepresidente de Asesoría de Riesgos del Administrador.
  • En un plazo de 30 días a partir de su recepción, el Vicepresidente de Asesoría de Riesgos del Administrador: i) revisará su Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud y los demás documentos de la apelación(*), y ii) sobre esta base, adoptará una decisión sobre la confirmación o revocación del rechazo previo de su Solicitud.
  • El Vicepresidente de Asesoría de Riesgos del Administrador comunicará por escrito al Administrador su decisión de confirmar o revocar el rechazo previo de su Solicitud (incluidos los motivos en los que se basa), a más tardar 7 días después de adoptar dicha decisión.
  • El Administrador le enviará una notificación escrita de la decisión de confirmar o revocar el rechazo previo de su Solicitud (incluidos los motivos en los que se basa), a más tardar 14 días después de que el Vicepresidente de Asesoría de Riesgos del Administrador le haya comunicado a este último dicha decisión.
  • La decisión/determinación del Vicepresidente de Asesoría de Riesgos del Administrador relativa a su Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud es definitiva y no es susceptible de apelación.

(*) Solo a efectos de esta pregunta, se entenderá por «documentos de la apelación» 1) la Notificación de apelación por rechazo de una Solicitud; 2) el formulario de Solicitud y el formulario de Pruebas Justificativas originales (junto con otros documentos que puedan ser necesarios en virtud de sus condiciones); y 3) cualquier información y/o documento adicional que haya solicitado el Administrador y que usted haya presentado oportunamente.

39. ¿Qué ocurre después de presentar una Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible?

Una vez que el Administrador reciba su Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible debidamente cumplimentada, firmada y fechada (y siempre que su Notificación se haya presentado antes de que finalice el plazo correspondiente), se aplicará el siguiente procedimiento:

  • En un plazo de 7 días a partir de su recepción, el Administrador entregará su formulario de Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible, junto con los demás documentos de la apelación(*), al Panel de Apelaciones del Programa.
  • En un plazo de 30 días a partir de su recepción, el Panel de Apelaciones: i) revisará su formulario de Notificación de apelación por denegación de una Reclamación Admisible y los demás documentos de la apelación(*), y ii) sobre esta base, adoptará una decisión sobre la confirmación o revocación de la denegación previa del Pago de una compensación en el marco del Programa con respecto a su Reclamación Admisible.
  • El Panel de Apelaciones comunicará por escrito al Administrador su decisión sobre la confirmación o revocación de la denegación previa de la compensación en el marco del Programa (incluidos los motivos en los que se basa), a más tardar 7 días después de haber adoptado su decisión.
  • El Administrador le remitirá una notificación escrita de la decisión del Panel de Apelaciones sobre la confirmación o revocación de la denegación previa de la compensación (incluidos los motivos en los que se basa), pero a más tardar 14 días después de que el Panel de Apelaciones le haya comunicado dicha decisión.
  • La decisión del Panel de Apelaciones relativa a su Notificación de apelación por denegación de Reclamación Admisible es definitiva y no es susceptible de apelación.

(*) Solo a efectos de esta pregunta, se entenderá por «documentos de la apelación»: 1) su Notificación de apelación por denegación de Reclamación Admisible (junto con otros documentos que puedan ser necesarios y/o hayan sido presentados con esta Notificación de apelación); 2) el formulario de Solicitud y el formulario de Pruebas Justificativas originales (junto con los documentos que se hayan presentado con dichos formularios); y 3) la información o los documentos adicionales que haya solicitado el Administrador y que se le hayan presentado oportunamente.

40. Se ha aprobado que el Administrador efectúe el Pago correspondiente a mi Solicitud. ¿Qué debo hacer para recibirlo?

Una vez que el Administrador le haya notificado que se ha aprobado el Pago correspondiente a su Solicitud, deberá:

  1. Firmar y fechar el acuerdo de exoneración, que el Administrador le enviará con la notificación de que se ha aprobado el Pago correspondiente a su Solicitud, y certificar ante Notario el acuerdo de exoneración;
  2. Cumplimentar y firmar el formulario de elección de la forma de Pago y el acuerdo, que el Administrador le enviará con la notificación de que se ha aprobado el Pago correspondiente a su Solicitud; y
  3. Devolver el acuerdo de exoneración firmado, fechado y certificado y el formulario de elección de la forma de Pago cumplimentado al Administrador en el plazo de 90 días a partir de la fecha de la notificación del Administrador sobre la aprobación del Pago correspondiente a su Solicitud.

El acuerdo de exoneración se describe en el artículo 11 del Protocolo del Programa y el formulario de elección de la forma de Pago se describe en el apartado q) del artículo 2 del Protocolo del Programa.

Mediante el acuerdo de exoneración, usted acepta que el Pago no constituye una admisión de culpa, actuación indebida o responsabilidad por parte de ninguna persona o entidad enumerada en el apartado a) del artículo 11 del Protocolo del Programa. El motivo de esto es que el Programa no trata ni establece ninguna determinación de culpa por parte de dichas personas o entidades. Este Programa es un programa de compensación sin culpa.

Por conducto del Acuerdo de exoneración, usted acepta asimismo que el Pago se efectúa en consideración completa y definitiva de la Lesión en cuestión, y como solución completa y definitiva de todas y cada una de las reclamaciones que usted (o la persona a la que representa) pueda tener contra las personas o entidades enumeradas en el apartado a) del artículo 11 del Protocolo del Programa. Con este fin, usted a) las exonera de tales acciones, y b) renuncia al derecho de solicitar y/o obtener una compensación en relación con la Lesión a través de cualquier otro medio, en particular mediante la presentación de cualquier demanda o reclamación (incluida una reclamación ante otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas) o la incoación de cualquier procedimiento judicial respecto a cualquier otra compensación por la Lesión sufrida. Con ello se busca evitar que las personas traten de obtener una compensación múltiple de múltiples fuentes por la misma Lesión.

Siempre que usted haya devuelto al Administrador el acuerdo de exoneración firmado, fechado y certificado, y el formulario de elección de la forma de Pago cumplimentado en un plazo de 90 días a partir de la fecha de la notificación del Administrador, este procederá a efectuar el Pago en un plazo de 28 días a partir de la fecha en que reciba estos documentos.

Con sujeción a las restricciones impuestas por las leyes y reglamentos aplicables, el Administrador efectuará el Pago mediante la forma de Pago que usted haya elegido.

Sin embargo, obsérvese que si no hace efectivo el cobro en un plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la emisión del Pago correspondiente, el Administrador reembolsará los fondos al programa por el importe del Pago no cobrado, y usted perderá su derecho a percibir dichos fondos.

41. El Administrador ha aprobado el pago referente a mi Solicitud. ¿Cómo calcula el Administrador el importe del Pago?

Si su Solicitud ha sido aprobada por el Administrador para recibir un Pago en el marco del Programa, el importe de dicho Pago se calculará atendiendo a la siguiente fórmula (con sujeción a la «Excepción respecto al Importe de Otra Compensación Previa» descrita al final de esta respuesta):

PIB per cápita de la economía pertinente que puede optar al AMC x 12 x factor de daño resultante de la Vacuna o su administración

Dónde:

  • El PIB per cápita de la economía pertinente que puede optar al AMC es el más reciente que haya publicado el Banco Mundial en la fecha en que se apruebe el Pago; y
  • Los factores de daño resultantes de la Vacuna o su administración son los siguientes:
    • 1,0 en caso de muerte
    • 1,5 en caso de Deficiencia igual o superior al 75%
    • 1,0 en caso de Deficiencia igual o superior al 50% pero inferior al 75%
    • 0,5 en caso de Deficiencia igual o superior al 25% pero inferior al 50%
    • 0,25 en caso de Deficiencia igual o superior al 10% pero inferior al 25%
    • 0,10 en caso de Deficiencia inferior al 10%
    • 1,5 en caso de Lesión congénita o enfermedad que cause una Deficiencia igual o superior al 75%
    • 1,0 en caso de Lesión congénita o enfermedad que cause una Deficiencia igual o superior al 50% pero inferior al 75%
    • 0,5 en caso de Lesión congénita o enfermedad que cause una Deficiencia igual o superior al 25% pero inferior al 50%
    • 0,25 en caso de Lesión congénita o enfermedad que cause una Deficiencia igual o superior al 10% pero inferior al 25%
    • 0,10 en caso de Lesión congénita o enfermedad que cause una Deficiencia inferior al 10%

Además, en caso de que el Administrador apruebe un Pago por muerte o Deficiencia, se abonará una suma diaria de USD 100,00 por cada día de Hospitalización o de prolongación de una Hospitalización ya existente, si hay, sin exceder el periodo máximo de pago de 60 días.

EXCEPCIÓN EN CASO DE IMPORTES DE COMPENSACIONES PREVIAS:

Si el Administrador ha aprobado un Pago en relación con su Solicitud, pero usted (o la persona a la que representa) ha recibido cualquier pago previo de cualquier otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas como compensación similar por la misma Lesión, el Administrador tendrá el derecho de deducir el Importe de Otra Compensación Previa del Importe del Programa, donde:

  • «Importe de Otra Compensación Previa» significa un importe (indicado en dólares de los Estados Unidos al tipo de cambio de moneda aplicable en ese momento) igual a la suma de todos los pagos anteriores que usted (o la persona a la que representa) ha(n) recibido de cualquier otro programa de compensación por lesiones debidas a vacunas como compensación similar por la misma Lesión, con excepción de cualquier pago en concepto de reembolso de gastos hospitalarios u otros gastos médicos (cuyo reembolso no se incluirá en el Importe de Otra Compensación Previa); y
  • «Importe del Programa» significa el importe calculado de conformidad con la fórmula del apartado a) del artículo 9 del Protocolo. Para facilitar la consulta, esta fórmula se ha reproducido anteriormente como parte de esta respuesta.

Si el Administrador ejerce el derecho de deducción antes mencionado, el importe del Pago con respecto a su Solicitud se calculará según la siguiente fórmula:

Importe del Programa (menos) Importe de Otra Compensación Previa**

**NOTA: Si el Importe de Otra Compensación Previa es igual o superior al Importe del Programa, entonces usted (o a la persona a la que representa) no recibirá ningún Pago en el marco del Programa.